En la vida de San Francisco se narra un episodio por el que aparece el culto especial que tenía por la liturgia: "Tres años antes de su muerte, celebrando la Navidad en Greccio, dijo al hermano Juan de Velitta: " En la fiesta de la Natividad del Señor quisiera representar a todos los hombres el nacimiento del Niño de Belén. Hace falta que todos vean su pobreza sobre la paja, entre el buey y el asno" . Los hermanos que había en la región fueron invitados a la fiesta, a la vez que los hombres y mujeres preparaban antorchas y hachones para iluminar la bienaventurada noche que vio elevarse la estrella que ilumina los siglos.
El pesebre fue colocado entre el buey y el asno. La floresta resonó de cánticos, y las rocas hicieron eco a la alegría. En la misa solemne, Francisco, que era diácono, se vistió con los preciosos ornamentos litúrgicos de la Iglesia y cantó el Evangelio. Después anunció al pueblo la buena nueva del nacimiento del Salvador. Cada vez que pronunciaba el nombre de Belén lo hacía con la voz de un cordero que bala, y después de decir el nombre de Jesús se pasaba la lengua por los labios para saborear la dulzura que le habla dejado aquel nombre.
Es grato recordar este hecho simpático y delicioso de la vida de San Francisco de Asís; en él se revela ante todo, la piedad, alma y centro de todo acto litúrgico, a la vez que resalta la variedad de las acciones litúrgicas bien dispuestas por un ceremonial preestablecido, se afirma el orden en que se desarrollan, y aparece la participación activa del público con antorchas, cánticos y, gestos de reverencia y devoción.
Desde los humildes y escondidos orígenes en las catacumbas donde los fieles celebraban ocultamente las primeras liturgias, hasta los esplendores de las basílicas donde se desarrollan en la majestad de los ritos sagrados los más solemnes actos del catolicismo, el culto divino se ha desenvuelto en una ininterrumpida continuidad, uniendo con una cadena las generaciones de todos los siglos en el camino de la eternidad. Cabe recordar que la reglamentación de la Liturgia es competencia exclusiva de la Sede Apostólica, que realiza una conexión entre la " lex orandi " y la " lex credendi ".
Efectivamente, la liturgia, en sus formas simples o solemnes y en sus manifestaciones más diversas, es siempre el drama de la vida de la Iglesia que se desarrolla de acuerdo con el curso de la historia, conservando intacta su constancia, pero adaptándola a los tiempos y lugares en el simbolismo, en las enseñanzas, en las orientaciones.
La liturgia está formada de elementos divinos y humanos. Los primeros constituyen la esencia del culto y no pueden ser cambiados. Los otros, que se han ido desarrollando y adaptando en el curso de los siglos bajo la vigilancia y dirección de la Iglesia, forman en su unidad sustancial, una admirable variedad de ritos (Bizantino, Copto, Armenio, Mozárabe, Ambrosiano, Tridentino de San Pío V, Novus Ordo Missae de Pablo VI, etc...) como las diversas partes de una sinfonía, que constituyen un concierto armonioso y ordenado. Armonización realizada a través de los tiempos por San León Magno, San Gelasio, San Gregorio Magno , San Pío V, San Pío X, Pablo VI,...; todos ellos elaborando un amplio cuerpo de doctrina, que y sobre todo después de Trento, quedaba reservada la potestad legislativa sobre liturgia en el Santo Padre.
La liturgia es alabanza de Dios, es reconocimiento de su grandeza, es súplica impetratoria, es reparación dolorosa. Evoca acontecimientos memorables, perpetúa la religión, es sostén de la piedad de los fieles, es súplica y canto del alma, es ornamento esplendoroso de la Iglesia. Por eso tiende a hacer a todos los creyentes participantes de la gracia de Cristo para que la Cabeza divina del Cuerpo Místico viva en cada uno de sus miembros.
Recordemos la "Constitución sobre la Sagrada Liturgia" Sacrosanctum Concilium del Concilio Vaticano II, definida por el Papa Pablo VI, y que estudiando la estructura de la Constitución litúrgica, hallamos en ella ante todo un profundo pensamiento teológico que la envuelve y orienta. Pero esta Constitución no es fruto del invento, sino todo lo contrario, es el resultado de todo un proceso de reformas litúrgicas ya iniciados fundamentalmente en tiempos del Papa Pío X con la publicación de motu proprio "Tra le sollecitudine", continuando con el propósito de reformar el misal y el breviario mediante la constitución apostólica "Divino afflatu", para seguir con el motu proprio "Abhinc duos annos" que señalaba otros pasos para la revisión del calendario y de las lecturas y otros textos litúrgicos.
La reforma quedó interrumpida por la muerte de San Pío X, pero es retomada por Benedicto XV mediante la constitución apostólica "Sedis huius" de promulgación del Breviario Bracarense.
Tiempo después Pío XI en la Encíclica "Quas primas" el santo Padre escribe: “Para instruir al pueblo en las cosas de la fe y atraerle por medio de ellas a los íntimos goces del espíritu, mucha más eficacia tienen las fiestas anuales de los sagrados misterios que cualesquiera enseñanzas, por autorizadas que sean, del magisterio eclesiástico..., Por otra parte, los documentos históricos demuestran que estas festividades fueron instituidas conforme lo iban pidiendo la necesidad y la utilidad del pueblo cristiano, esto es, cuando hacía falta robustecerlo contra un peligro común, o defenderlo contra los insidiosos errores de la herejía, o animarlo y encenderlo para que conociese y venerase algún misterio de la fe”.
Diez años después el mismo Papa dice: "La liturgia no es la didascalia de uno u otro individuo, sino la didascalia de la Iglesia". En la Constitución apostólica "Divini cultus" en el XXV aniversario del Motu proprio "Tra le sollecitudine" Pío XI se manifiesta muy preocupado por la unidad entre el dogma, la fe y la vida cristiana, no deseando que los fieles permanecieran como "extraños y mudos espectadores".
Tras la muerte de Pío XI, su sucesor Pío XII, retomó el tema de la liturgia mediante la encíclica "Mystici Corporis" donde perfila la noción teológica de la liturgia. A esta encíclica le sigue otra más, la "Divino Afflante Spiritu" sobre los estudios bíblicos, y es aquí donde aparece la liturgia como sentido espiritual de la Escritura. Finalmente aparece la encíclica "Mediator Dei" dedicado a la liturgia, disponiendo reanudar la reforma litúrgica. Vemos como aquí se dan pasos, que vienen de muy atrás. Se aprueba el nuevo salterio en el motu proprio "In quotidianis precibus", se restauró la Vigilia pascual, se reformó toda la Semana Santa; se autorizaron las Misas Vespertinas, se mitigó el ayuno Eucarístico, se autorizaron los rituales bilingües e indultos para usar las lenguas vernáculas en la misa.
Es dato a destacar que el magisterio de Pío XII sobre la liturgia comprende también la definición dogmática sobre la Asunción de la Santísima Virgen con la bula "Munificentissimus Deus"; la doctrina acerca de los ritos de ordenación con la constitución apostólica "Sacramentum ordinis"; la encíclica sobre la música "Musicae sacrae disciplina" que permite la entrada del canto popular religioso en la misa.
Así y tras 2.000 años de progresión litúrgica, el Concilio recogió lo trasmitido a través del magisterio plasmándolo en la mencionada Constitución sobre la Sagrada Liturgia "Sacrosanctum Concilium" del Concilio Vaticano II. En ella se ve como la voluntad de Dios de salvar a los hombres se manifiesta en Cristo, y es en el misterio pascual donde se lleva a cabo la obra redentora, y de su Corazón herido nace la Iglesia, y su presencia real anima y vivifica todas las acciones litúrgicas.
Así la Misa, Sacrificio, banquete pascual de perenne alegría; los sacramentos, fuente de la gracia; los sacramentales, distribuidores de bendiciones; el breviario o sacrificio de alabanza; el año litúrgico que se desarrolla desvelando el misterio total de Cristo, ofrecen una prueba evidente y auténtica de la obra santificadora realizada por la Iglesia en virtud de la sangre del Redentor.
La Constitución sobre la liturgia, en su exposición y finalidad, está dirigida a alcanzar a los hombres. Así aun los actos más solemnes se desenvuelven en una lengua inteligible para los asistentes (Latín, Lenguas Vernáculas). El breviario está estructurado para hacer coincidir sus partes con el curso del tiempo; las ofrendas, las oraciones, los actos facilitan a los fieles la inteligencia de los misterios que representan.
Para ser más aplicable en todas partes, la Constitución respeta las tradiciones, secunda las aspiraciones y satisface las necesidades de cada pueblo, región o asamblea, con tal que se salve la unidad sustancial del rito romano, a la vez que se respetan debidamente todos los demás ritos, que forman parte del cuerpo de la Tradición y del Magisterio.
Con la Constitución litúrgica, se ha abierto pues, un espléndido camino al apostolado contemporáneo, para dar a las comunidades conciencia del lugar que les corresponde en la Iglesia, y que deben desenvolver tras haber alcanzado una fe viva, una generosa entrega, un impulso operante.
Por el contenido de la Constitución y el espíritu que la informa, todos los fieles están asociados efectivamente al culto litúrgico. Y para que su participación en la liturgia sea completa, efectiva y comprensiva, el espíritu litúrgico no puede limitarse a los individuos, sino que debe extenderse a las comunidades. Pero también estas Constitución respeta la existencia de diversos Ritos, que ruega se conserven a perpetuidad.
Al decir culto de la Iglesia entendemos ejercicio de la religión que debe ser exterior, público y oficial. Pero la liturgia está íntimamente ligada al culto exterior. Y como el culto exterior es necesario para la práctica de la religión, la liturgia es así esencial al culto. Este tiende a glorificar a Dios y santificar las almas, encaminándolas hacia la comprensión de los misterios cristianos a través de la teología hecha oración. Así la liturgia, expresión visible de la iglesia, realiza los fines de la Iglesia de un modo claro y accesible a la inteligencia del hombre.
Se ha dicho justamente que en el curso de los siglos la liturgia ha ido asumiendo sucesivamente diversos aspectos y superestructuras; como algunos edificios de un gótico puro y esbelto, han sido cubiertos por el barroco, rico de decoraciones y denso de formas. Y como a muchos edificios antiguos se les ha devuelto su primitiva belleza despojándolos de las añadiduras acumuladas con el tiempo, así parece también llegado el momento de devolver a la liturgia su elegante esbeltez primitiva. De ello se preocupó entre otros, San Gregorio Magno, el Concilio de Trento, San Pío V, el Concilio Vaticano II,...
No es difícil comprender lo ardua que resulta la empresa de restaurar un edificio antiguo e imponente, construido en siglos de fervor y opulencia, para adaptarlo a las exigencias actuales. Pero cuando la Iglesia, maestra de los siglos, señora de las artes, reina de las bellezas, pone su mano, las restauraciones resultan maravillosas. Evidentemente, dichas restauraciones sólo pueden afectar a lo que no es sustancial, es decir a lo no protegido por el dogma. Recordemos como incluso en la misma "Bula Quo Primum Tempore" de San Pío V, este ratifica los anteriores ritos, crea uno surgido de la unificación, y no cierra la posibilidad de que surjan nuevos; sólo protege la Misa PostTridentina de ser anulada, dejándola como una opción más dentro de los ritos existentes en la catolicidad.
No se debe olvidar que el desarrollo de la Liturgia ha estado siempre en estrecha relación con la difusión de la Iglesia y con el fervor religioso de los fieles.
Podemos mantener, pues, con legítima satisfacción que el consolador despertar litúrgico de hoy entre las masas de nuestros fieles es índice claro de su creciente aspiración a penetrar el sentido íntimo de las cosas de Dios y de sus misterios para adelantar en una vida espiritual más inteligible y más intensa.
Efectivamente, los sagrados ritos, que ocultan y a la vez revelan los misterios de Dios, son un medio extraordinario y eficacísimo de santificación. Y la santificación del pueblo cristiano tiene su primera e indispensable fuente precisamente en la liturgia, con la que está estrechamente unida. Y esto no es de hoy, los ritos del culto sagrado han ejercido siempre una influencia que a veces ha sido decisiva para las almas.
El santo Pontífice Pío X, en la Constitución "Divini cultus, sanctitatem" escribe: "... la liturgia es cosa sagrada; nos eleva y une a Dios. Por su medio profesamos nuestra fe y cumplimos el grave deber de dar gracias por los beneficios recibidos y por los favores que siempre necesitamos. De ahí deriva un íntimo nexo entre el dogma y la sagrada liturgia, entre el culto cristiano y la santificación de los fieles ".
Para penetrar el íntimo significado de la liturgia hay que estudiarla y meditarla; para comprenderla hay que vivirla, y solamente viviéndola se siente su fuerza, su grandeza y su belleza. Y esto lleva a practicar lo que la Iglesia quiere.
Para conseguir estos fines la Iglesia manda a sus ministros penetrar el íntimo significado de la liturgia, para que puedan ser ante los fieles los expositores inteligentes y los interpretes seguros de la misma.
Pío XII en su encíclica Mediator Dei expresa: "La sagrada Liturgia, consiguientemente, constituye el culto público que nuestro Redentor, Cabeza de la Iglesia, tributa al Padre celestial y el que la sociedad de los fieles tributa a, su Fundador y por EL al eterno Padre-; y, para decirlo todo brevemente, constituye el culto público integro del Cuerpo místico de Jesucristo, es decir, de la Cabeza y de sus miembros...Por eso totalmente se desvían de la verdadera y genuina noción e idea de la Liturgia, quienes la consideran sólo como la parte externa y sensible del culto divino o un bello aparato de ceremonias; y no yerran menos quienes la refutan como un conjunto de leyes y preceptos con que la jerarquía eclesiástica manda que se cumplan y ordenen los ritos sagrados.
En el día de la ordenación sacerdotal, la Iglesia dirige a los nuevos ministros del altar, por medio del obispo consagrante, estas palabras: "Daos cuenta de lo que hacéis; imitad lo que realizáis al celebrar el misterio de la muerte del Señor, para que con la predicación y el ejemplo edifiquéis la casa, es decir la familia de Dios".
Estas palabras son un programa, una enseñanza, una exhortación, y llevadas a la práctica transforman a los sacerdotes en apóstoles de las sublimes lecciones contenidas en la liturgia para que los fieles tomen parte en los actos de culto y puedan comprender y gustar su alto significado.
Pero en todas las manifestaciones litúrgicas es necesario observar las normas sabiamente dictadas por la Iglesia a través del Papa, que es la único que tiene la potestad de dictar, para atar y desatar.
Ya en 1642 Urbano Vlll remachaba en términos vigoroso las decisiones del Concilio de Trento contra la introducción de cualquier cosa desordenada, mal adaptada, profana.
San Pío X, siguiendo las milenarias normas de la Iglesia, ordenaba el respeto a lo sagrado que excluye con horror las novedades profanas, e insistía sobre el sentido "de la universalidad que conservando las legítimas costumbres y los legítimos usos regionales confirma la unidad católica".
Pío XI en la Constitución Apostólica "Divini cultus" recuerda de forma clara y rotunda : "Habiendo la Iglesia recibido de Cristo, su Fundador, el cargo de guardar la santidad del culto divino, a ella le toca ciertamente - salvo la sustancia del sacrificio y de los sacramentos -, mandar aquellas cosas, a saber :...ceremonias, ritos, fórmulas, preces, canto, por las que ha de regirse de la mejor manera aquel augusto y. público ministerio, cuyo nombre peculiar es Liturgia, como si dijéramos, la acción sagrada por excelencia".
Pío XII en la encíclica "Mediator Dei" condena severamente la arriesgada temeridad de los que introducen a propósito nuevas costumbres litúrgicas o hacen revivir ritos que no concuerdan con las leyes de la Iglesia.
El Concilio Vaticano II no ha anulado estas disposiciones, ni a introducido nuevas costumbres litúrgicas y sería una grave temeridad, y incluso pecado grave, el afirmarlo. Las antiguas disposiciones conservan todo su valor, vigorizado ahora por una Constitución ecuménica, que da una liturgia alternativa, dentro de las ya existentes, liturgia que viene de 2.000 años. Así como Pío V regulo la Misa y otros actos litúrgicos referenciandose en lo antiguo, así lo ha hecho Pablo VI, ya que el Novus Ordo Missae toma el canon, en el primero, el de la Tradición o Romano, el Segundo de la liturgia Galicana y Mozárabe, el tercero de la Siriaca,...; luego no toma nada nuevo, sino que regula una mayor amplitud de liturgia, adecuándola a los tiempos y lengua vernáculas.
Las citadas declaraciones, motus proprios, encíclicas,... además demuestran, por una parte, el cuidado vigilante de la Iglesia en exigir la observancia de las prescripciones litúrgicas, y, por otra, confirman su condenación de todo lo que se sale del normal y regular ejercicio del culto, y de todo aquello que no tiene un fundamento.
A modo de ejemplo podemos ver como, si la Iglesia ha suprimido el silencio en la Misa, ello es motivado porque se conoce muy bien como dicho silencio en la liturgia de la misa no existió hasta el siglo VII, y en los principios de este siglo unos lo hacían desde el prefacio y otros desde el comienzo del canon, salvaguardándose en nobis quoque pecatoribus. En la edad media el silencio no ora para que no se oyera, sino para que solo el ministro oyera. En definitiva, el volver a levantar la voz durante toda la Misa es un restablecimiento de los tiempos de los Apóstoles, se han tomado fórmulas de las Didakhe,..., en definitiva se ha vuelto a los orígenes, sin por ello menospreciar los ritos ya existentes.
Más todas estas reformas se han hecho siempre de modo que inspire devoción y piedad: "ut devotionem pariat et pietatem". Por eso la Iglesia ha sido siempre rigurosa en la aceptación de las renovaciones que han podido sugerir o introducir especiales circunstancias de lugares y personas.
Si, una Constitución litúrgica, fruto de estudios diligentes y de una larga experiencia, precisa y regula las normas que deben observarse, tenemos entre las manos un nuevo documento de la solicitud de la Iglesia para la elevación espiritual de las almas. Pero en ningún modo esto es parte de temeridad, ya que es la Iglesia la que ha de regular, sin este cuidado, sin este interés por adecuar, expresar, cuidar,..., la liturgia, no existirían ninguno de los ritos que han llegado hasta el siglo XX.
Pero desgraciadamente sabemos que en muchas partes hay tantas veleidades de interpretación caprichosa y a veces extravagante de las mismas normas, que han creado sorpresa, malestar y confusión.
Y no se olvide que la liturgia, expresión de la verdad de la doctrina teológica, si no se celebra de acuerdo con las prescripciones fijadas por la autoridad competente, pronto o tarde conducirá a una peligrosa separación de la tradición o incluso a una errónea interpretación del dogma.
Hay, pues, que comenzar en las casas de formación eclesiástica y religiosa a aplicar dignamente la Constitución sobre la Liturgia para inspirar en las almas aquel sentido de conveniente observancia de todas las normas litúrgicas que conducen al ejercicio ordenado de los actos de culto para que éstos sirvan para acrecentar la piedad, consolidar la devoción, intensificar el fervor e interpretar las verdades de la fe, explicándolas e ilustrándolas con sus inagotables riquezas para creerlas y practicarlas.
Pero seria un error pensar que la sola introducción de las lenguas nacionales en la Misa y en la administración de los sacramentos pueda llevar a una transformación radical en la mentalidad litúrgica de los fieles.
La lengua es ciertamente un medio indispensable para difundir el pensamiento, y en el campo litúrgico su influencia es muy eficaz. Pero aun en este caso, si el sacerdote que celebra o realiza los ritos sagrados no está compenetrado con los misterios del altar ni los vive antes de realizarlos, su lengua no será sino un "aes sonans et cymbalum tinniens".
Por eso la Constitución subraya el vínculo necesario que debe haber entre la liturgia y la catequesis o enseñanza pastoral. Una liturgia aislada del resto de la vida cristiana no sería su centro espiritual. Refiriendo esto, por analogía, a los religiosos, una liturgia aislada del resto de la vida religiosa de cada Instituto no sería el fermento de las actividades apostólicas que deben realizar.
Por ello, el estudio con diligencia y con entusiasmo los aspectos luminosos de la Constitución sobre la Liturgia; para enmarcarlos siempre en el campo vasto y elevado de la vida religiosa, que debe recibir del culto litúrgico ejemplarmente aplicado, inspiración y apoyo para hacer más fructuosa y fecunda la vida consagrada o la vida cristiana a Dios.
Cabe finalmente remarcar el Magisterio de los pontífices Pablo VI, Juan Pablo II, y Benedicto XVI en lo referente a la liturgia. Sería interminable el nombrarlos todos, pero por su importancia, y porque han ayudado a una mayor consolidación de la liturgia surgida del Concilio Vaticano II, de Pablo VI cabe mencionar las Constituciones Apostólicas Missale Romanum, Laudis canticum, Pontificalis Romani, Divinae Consortium y Sacram unctionem ; los motus proprios Sacrum Diaconatus, Ministeria quaedam y Mysterii paschalis. De Juan Pablo II podemos entre otros mencionar la constitución apostólica Scripturarum thesaurus, la encíclica Redemptor hominis, las exhortaciones apostólicas Reconciliatio et penitentia,...; de Benedicto XVI Exhortación Apostólica postsinodal Sacramentum Caritatis, o el Motu Proprio Summorum Pontificum, …., o la Instrucción Redemptionis Sacramentum de la Congregación para el culto divino y la disciplina de los sacramentos …
El estudio de la Historia y Normas litúrgicas dará una verdadera conciencia litúrgica y conducidos por la inteligencia, primero, y a la práctica, después, logrando que todos los católicos, teniendo nuestra diversidad de ritos (Mozárabe, de San Pío V, de Pablo VI), estemos consumados en la unidad de Cristo nuestro Salvador y Señor.
El pesebre fue colocado entre el buey y el asno. La floresta resonó de cánticos, y las rocas hicieron eco a la alegría. En la misa solemne, Francisco, que era diácono, se vistió con los preciosos ornamentos litúrgicos de la Iglesia y cantó el Evangelio. Después anunció al pueblo la buena nueva del nacimiento del Salvador. Cada vez que pronunciaba el nombre de Belén lo hacía con la voz de un cordero que bala, y después de decir el nombre de Jesús se pasaba la lengua por los labios para saborear la dulzura que le habla dejado aquel nombre.
Es grato recordar este hecho simpático y delicioso de la vida de San Francisco de Asís; en él se revela ante todo, la piedad, alma y centro de todo acto litúrgico, a la vez que resalta la variedad de las acciones litúrgicas bien dispuestas por un ceremonial preestablecido, se afirma el orden en que se desarrollan, y aparece la participación activa del público con antorchas, cánticos y, gestos de reverencia y devoción.
Desde los humildes y escondidos orígenes en las catacumbas donde los fieles celebraban ocultamente las primeras liturgias, hasta los esplendores de las basílicas donde se desarrollan en la majestad de los ritos sagrados los más solemnes actos del catolicismo, el culto divino se ha desenvuelto en una ininterrumpida continuidad, uniendo con una cadena las generaciones de todos los siglos en el camino de la eternidad. Cabe recordar que la reglamentación de la Liturgia es competencia exclusiva de la Sede Apostólica, que realiza una conexión entre la " lex orandi " y la " lex credendi ".
Efectivamente, la liturgia, en sus formas simples o solemnes y en sus manifestaciones más diversas, es siempre el drama de la vida de la Iglesia que se desarrolla de acuerdo con el curso de la historia, conservando intacta su constancia, pero adaptándola a los tiempos y lugares en el simbolismo, en las enseñanzas, en las orientaciones.
La liturgia está formada de elementos divinos y humanos. Los primeros constituyen la esencia del culto y no pueden ser cambiados. Los otros, que se han ido desarrollando y adaptando en el curso de los siglos bajo la vigilancia y dirección de la Iglesia, forman en su unidad sustancial, una admirable variedad de ritos (Bizantino, Copto, Armenio, Mozárabe, Ambrosiano, Tridentino de San Pío V, Novus Ordo Missae de Pablo VI, etc...) como las diversas partes de una sinfonía, que constituyen un concierto armonioso y ordenado. Armonización realizada a través de los tiempos por San León Magno, San Gelasio, San Gregorio Magno , San Pío V, San Pío X, Pablo VI,...; todos ellos elaborando un amplio cuerpo de doctrina, que y sobre todo después de Trento, quedaba reservada la potestad legislativa sobre liturgia en el Santo Padre.
La liturgia es alabanza de Dios, es reconocimiento de su grandeza, es súplica impetratoria, es reparación dolorosa. Evoca acontecimientos memorables, perpetúa la religión, es sostén de la piedad de los fieles, es súplica y canto del alma, es ornamento esplendoroso de la Iglesia. Por eso tiende a hacer a todos los creyentes participantes de la gracia de Cristo para que la Cabeza divina del Cuerpo Místico viva en cada uno de sus miembros.
Recordemos la "Constitución sobre la Sagrada Liturgia" Sacrosanctum Concilium del Concilio Vaticano II, definida por el Papa Pablo VI, y que estudiando la estructura de la Constitución litúrgica, hallamos en ella ante todo un profundo pensamiento teológico que la envuelve y orienta. Pero esta Constitución no es fruto del invento, sino todo lo contrario, es el resultado de todo un proceso de reformas litúrgicas ya iniciados fundamentalmente en tiempos del Papa Pío X con la publicación de motu proprio "Tra le sollecitudine", continuando con el propósito de reformar el misal y el breviario mediante la constitución apostólica "Divino afflatu", para seguir con el motu proprio "Abhinc duos annos" que señalaba otros pasos para la revisión del calendario y de las lecturas y otros textos litúrgicos.
La reforma quedó interrumpida por la muerte de San Pío X, pero es retomada por Benedicto XV mediante la constitución apostólica "Sedis huius" de promulgación del Breviario Bracarense.
Tiempo después Pío XI en la Encíclica "Quas primas" el santo Padre escribe: “Para instruir al pueblo en las cosas de la fe y atraerle por medio de ellas a los íntimos goces del espíritu, mucha más eficacia tienen las fiestas anuales de los sagrados misterios que cualesquiera enseñanzas, por autorizadas que sean, del magisterio eclesiástico..., Por otra parte, los documentos históricos demuestran que estas festividades fueron instituidas conforme lo iban pidiendo la necesidad y la utilidad del pueblo cristiano, esto es, cuando hacía falta robustecerlo contra un peligro común, o defenderlo contra los insidiosos errores de la herejía, o animarlo y encenderlo para que conociese y venerase algún misterio de la fe”.
Diez años después el mismo Papa dice: "La liturgia no es la didascalia de uno u otro individuo, sino la didascalia de la Iglesia". En la Constitución apostólica "Divini cultus" en el XXV aniversario del Motu proprio "Tra le sollecitudine" Pío XI se manifiesta muy preocupado por la unidad entre el dogma, la fe y la vida cristiana, no deseando que los fieles permanecieran como "extraños y mudos espectadores".
Tras la muerte de Pío XI, su sucesor Pío XII, retomó el tema de la liturgia mediante la encíclica "Mystici Corporis" donde perfila la noción teológica de la liturgia. A esta encíclica le sigue otra más, la "Divino Afflante Spiritu" sobre los estudios bíblicos, y es aquí donde aparece la liturgia como sentido espiritual de la Escritura. Finalmente aparece la encíclica "Mediator Dei" dedicado a la liturgia, disponiendo reanudar la reforma litúrgica. Vemos como aquí se dan pasos, que vienen de muy atrás. Se aprueba el nuevo salterio en el motu proprio "In quotidianis precibus", se restauró la Vigilia pascual, se reformó toda la Semana Santa; se autorizaron las Misas Vespertinas, se mitigó el ayuno Eucarístico, se autorizaron los rituales bilingües e indultos para usar las lenguas vernáculas en la misa.
Es dato a destacar que el magisterio de Pío XII sobre la liturgia comprende también la definición dogmática sobre la Asunción de la Santísima Virgen con la bula "Munificentissimus Deus"; la doctrina acerca de los ritos de ordenación con la constitución apostólica "Sacramentum ordinis"; la encíclica sobre la música "Musicae sacrae disciplina" que permite la entrada del canto popular religioso en la misa.
Así y tras 2.000 años de progresión litúrgica, el Concilio recogió lo trasmitido a través del magisterio plasmándolo en la mencionada Constitución sobre la Sagrada Liturgia "Sacrosanctum Concilium" del Concilio Vaticano II. En ella se ve como la voluntad de Dios de salvar a los hombres se manifiesta en Cristo, y es en el misterio pascual donde se lleva a cabo la obra redentora, y de su Corazón herido nace la Iglesia, y su presencia real anima y vivifica todas las acciones litúrgicas.
Así la Misa, Sacrificio, banquete pascual de perenne alegría; los sacramentos, fuente de la gracia; los sacramentales, distribuidores de bendiciones; el breviario o sacrificio de alabanza; el año litúrgico que se desarrolla desvelando el misterio total de Cristo, ofrecen una prueba evidente y auténtica de la obra santificadora realizada por la Iglesia en virtud de la sangre del Redentor.
La Constitución sobre la liturgia, en su exposición y finalidad, está dirigida a alcanzar a los hombres. Así aun los actos más solemnes se desenvuelven en una lengua inteligible para los asistentes (Latín, Lenguas Vernáculas). El breviario está estructurado para hacer coincidir sus partes con el curso del tiempo; las ofrendas, las oraciones, los actos facilitan a los fieles la inteligencia de los misterios que representan.
Para ser más aplicable en todas partes, la Constitución respeta las tradiciones, secunda las aspiraciones y satisface las necesidades de cada pueblo, región o asamblea, con tal que se salve la unidad sustancial del rito romano, a la vez que se respetan debidamente todos los demás ritos, que forman parte del cuerpo de la Tradición y del Magisterio.
Con la Constitución litúrgica, se ha abierto pues, un espléndido camino al apostolado contemporáneo, para dar a las comunidades conciencia del lugar que les corresponde en la Iglesia, y que deben desenvolver tras haber alcanzado una fe viva, una generosa entrega, un impulso operante.
Por el contenido de la Constitución y el espíritu que la informa, todos los fieles están asociados efectivamente al culto litúrgico. Y para que su participación en la liturgia sea completa, efectiva y comprensiva, el espíritu litúrgico no puede limitarse a los individuos, sino que debe extenderse a las comunidades. Pero también estas Constitución respeta la existencia de diversos Ritos, que ruega se conserven a perpetuidad.
Al decir culto de la Iglesia entendemos ejercicio de la religión que debe ser exterior, público y oficial. Pero la liturgia está íntimamente ligada al culto exterior. Y como el culto exterior es necesario para la práctica de la religión, la liturgia es así esencial al culto. Este tiende a glorificar a Dios y santificar las almas, encaminándolas hacia la comprensión de los misterios cristianos a través de la teología hecha oración. Así la liturgia, expresión visible de la iglesia, realiza los fines de la Iglesia de un modo claro y accesible a la inteligencia del hombre.
Se ha dicho justamente que en el curso de los siglos la liturgia ha ido asumiendo sucesivamente diversos aspectos y superestructuras; como algunos edificios de un gótico puro y esbelto, han sido cubiertos por el barroco, rico de decoraciones y denso de formas. Y como a muchos edificios antiguos se les ha devuelto su primitiva belleza despojándolos de las añadiduras acumuladas con el tiempo, así parece también llegado el momento de devolver a la liturgia su elegante esbeltez primitiva. De ello se preocupó entre otros, San Gregorio Magno, el Concilio de Trento, San Pío V, el Concilio Vaticano II,...
No es difícil comprender lo ardua que resulta la empresa de restaurar un edificio antiguo e imponente, construido en siglos de fervor y opulencia, para adaptarlo a las exigencias actuales. Pero cuando la Iglesia, maestra de los siglos, señora de las artes, reina de las bellezas, pone su mano, las restauraciones resultan maravillosas. Evidentemente, dichas restauraciones sólo pueden afectar a lo que no es sustancial, es decir a lo no protegido por el dogma. Recordemos como incluso en la misma "Bula Quo Primum Tempore" de San Pío V, este ratifica los anteriores ritos, crea uno surgido de la unificación, y no cierra la posibilidad de que surjan nuevos; sólo protege la Misa PostTridentina de ser anulada, dejándola como una opción más dentro de los ritos existentes en la catolicidad.
No se debe olvidar que el desarrollo de la Liturgia ha estado siempre en estrecha relación con la difusión de la Iglesia y con el fervor religioso de los fieles.
Podemos mantener, pues, con legítima satisfacción que el consolador despertar litúrgico de hoy entre las masas de nuestros fieles es índice claro de su creciente aspiración a penetrar el sentido íntimo de las cosas de Dios y de sus misterios para adelantar en una vida espiritual más inteligible y más intensa.
Efectivamente, los sagrados ritos, que ocultan y a la vez revelan los misterios de Dios, son un medio extraordinario y eficacísimo de santificación. Y la santificación del pueblo cristiano tiene su primera e indispensable fuente precisamente en la liturgia, con la que está estrechamente unida. Y esto no es de hoy, los ritos del culto sagrado han ejercido siempre una influencia que a veces ha sido decisiva para las almas.
El santo Pontífice Pío X, en la Constitución "Divini cultus, sanctitatem" escribe: "... la liturgia es cosa sagrada; nos eleva y une a Dios. Por su medio profesamos nuestra fe y cumplimos el grave deber de dar gracias por los beneficios recibidos y por los favores que siempre necesitamos. De ahí deriva un íntimo nexo entre el dogma y la sagrada liturgia, entre el culto cristiano y la santificación de los fieles ".
Para penetrar el íntimo significado de la liturgia hay que estudiarla y meditarla; para comprenderla hay que vivirla, y solamente viviéndola se siente su fuerza, su grandeza y su belleza. Y esto lleva a practicar lo que la Iglesia quiere.
Para conseguir estos fines la Iglesia manda a sus ministros penetrar el íntimo significado de la liturgia, para que puedan ser ante los fieles los expositores inteligentes y los interpretes seguros de la misma.
Pío XII en su encíclica Mediator Dei expresa: "La sagrada Liturgia, consiguientemente, constituye el culto público que nuestro Redentor, Cabeza de la Iglesia, tributa al Padre celestial y el que la sociedad de los fieles tributa a, su Fundador y por EL al eterno Padre-; y, para decirlo todo brevemente, constituye el culto público integro del Cuerpo místico de Jesucristo, es decir, de la Cabeza y de sus miembros...Por eso totalmente se desvían de la verdadera y genuina noción e idea de la Liturgia, quienes la consideran sólo como la parte externa y sensible del culto divino o un bello aparato de ceremonias; y no yerran menos quienes la refutan como un conjunto de leyes y preceptos con que la jerarquía eclesiástica manda que se cumplan y ordenen los ritos sagrados.
En el día de la ordenación sacerdotal, la Iglesia dirige a los nuevos ministros del altar, por medio del obispo consagrante, estas palabras: "Daos cuenta de lo que hacéis; imitad lo que realizáis al celebrar el misterio de la muerte del Señor, para que con la predicación y el ejemplo edifiquéis la casa, es decir la familia de Dios".
Estas palabras son un programa, una enseñanza, una exhortación, y llevadas a la práctica transforman a los sacerdotes en apóstoles de las sublimes lecciones contenidas en la liturgia para que los fieles tomen parte en los actos de culto y puedan comprender y gustar su alto significado.
Pero en todas las manifestaciones litúrgicas es necesario observar las normas sabiamente dictadas por la Iglesia a través del Papa, que es la único que tiene la potestad de dictar, para atar y desatar.
Ya en 1642 Urbano Vlll remachaba en términos vigoroso las decisiones del Concilio de Trento contra la introducción de cualquier cosa desordenada, mal adaptada, profana.
San Pío X, siguiendo las milenarias normas de la Iglesia, ordenaba el respeto a lo sagrado que excluye con horror las novedades profanas, e insistía sobre el sentido "de la universalidad que conservando las legítimas costumbres y los legítimos usos regionales confirma la unidad católica".
Pío XI en la Constitución Apostólica "Divini cultus" recuerda de forma clara y rotunda : "Habiendo la Iglesia recibido de Cristo, su Fundador, el cargo de guardar la santidad del culto divino, a ella le toca ciertamente - salvo la sustancia del sacrificio y de los sacramentos -, mandar aquellas cosas, a saber :...ceremonias, ritos, fórmulas, preces, canto, por las que ha de regirse de la mejor manera aquel augusto y. público ministerio, cuyo nombre peculiar es Liturgia, como si dijéramos, la acción sagrada por excelencia".
Pío XII en la encíclica "Mediator Dei" condena severamente la arriesgada temeridad de los que introducen a propósito nuevas costumbres litúrgicas o hacen revivir ritos que no concuerdan con las leyes de la Iglesia.
El Concilio Vaticano II no ha anulado estas disposiciones, ni a introducido nuevas costumbres litúrgicas y sería una grave temeridad, y incluso pecado grave, el afirmarlo. Las antiguas disposiciones conservan todo su valor, vigorizado ahora por una Constitución ecuménica, que da una liturgia alternativa, dentro de las ya existentes, liturgia que viene de 2.000 años. Así como Pío V regulo la Misa y otros actos litúrgicos referenciandose en lo antiguo, así lo ha hecho Pablo VI, ya que el Novus Ordo Missae toma el canon, en el primero, el de la Tradición o Romano, el Segundo de la liturgia Galicana y Mozárabe, el tercero de la Siriaca,...; luego no toma nada nuevo, sino que regula una mayor amplitud de liturgia, adecuándola a los tiempos y lengua vernáculas.
Las citadas declaraciones, motus proprios, encíclicas,... además demuestran, por una parte, el cuidado vigilante de la Iglesia en exigir la observancia de las prescripciones litúrgicas, y, por otra, confirman su condenación de todo lo que se sale del normal y regular ejercicio del culto, y de todo aquello que no tiene un fundamento.
A modo de ejemplo podemos ver como, si la Iglesia ha suprimido el silencio en la Misa, ello es motivado porque se conoce muy bien como dicho silencio en la liturgia de la misa no existió hasta el siglo VII, y en los principios de este siglo unos lo hacían desde el prefacio y otros desde el comienzo del canon, salvaguardándose en nobis quoque pecatoribus. En la edad media el silencio no ora para que no se oyera, sino para que solo el ministro oyera. En definitiva, el volver a levantar la voz durante toda la Misa es un restablecimiento de los tiempos de los Apóstoles, se han tomado fórmulas de las Didakhe,..., en definitiva se ha vuelto a los orígenes, sin por ello menospreciar los ritos ya existentes.
Más todas estas reformas se han hecho siempre de modo que inspire devoción y piedad: "ut devotionem pariat et pietatem". Por eso la Iglesia ha sido siempre rigurosa en la aceptación de las renovaciones que han podido sugerir o introducir especiales circunstancias de lugares y personas.
Si, una Constitución litúrgica, fruto de estudios diligentes y de una larga experiencia, precisa y regula las normas que deben observarse, tenemos entre las manos un nuevo documento de la solicitud de la Iglesia para la elevación espiritual de las almas. Pero en ningún modo esto es parte de temeridad, ya que es la Iglesia la que ha de regular, sin este cuidado, sin este interés por adecuar, expresar, cuidar,..., la liturgia, no existirían ninguno de los ritos que han llegado hasta el siglo XX.
Pero desgraciadamente sabemos que en muchas partes hay tantas veleidades de interpretación caprichosa y a veces extravagante de las mismas normas, que han creado sorpresa, malestar y confusión.
Y no se olvide que la liturgia, expresión de la verdad de la doctrina teológica, si no se celebra de acuerdo con las prescripciones fijadas por la autoridad competente, pronto o tarde conducirá a una peligrosa separación de la tradición o incluso a una errónea interpretación del dogma.
Hay, pues, que comenzar en las casas de formación eclesiástica y religiosa a aplicar dignamente la Constitución sobre la Liturgia para inspirar en las almas aquel sentido de conveniente observancia de todas las normas litúrgicas que conducen al ejercicio ordenado de los actos de culto para que éstos sirvan para acrecentar la piedad, consolidar la devoción, intensificar el fervor e interpretar las verdades de la fe, explicándolas e ilustrándolas con sus inagotables riquezas para creerlas y practicarlas.
Pero seria un error pensar que la sola introducción de las lenguas nacionales en la Misa y en la administración de los sacramentos pueda llevar a una transformación radical en la mentalidad litúrgica de los fieles.
La lengua es ciertamente un medio indispensable para difundir el pensamiento, y en el campo litúrgico su influencia es muy eficaz. Pero aun en este caso, si el sacerdote que celebra o realiza los ritos sagrados no está compenetrado con los misterios del altar ni los vive antes de realizarlos, su lengua no será sino un "aes sonans et cymbalum tinniens".
Por eso la Constitución subraya el vínculo necesario que debe haber entre la liturgia y la catequesis o enseñanza pastoral. Una liturgia aislada del resto de la vida cristiana no sería su centro espiritual. Refiriendo esto, por analogía, a los religiosos, una liturgia aislada del resto de la vida religiosa de cada Instituto no sería el fermento de las actividades apostólicas que deben realizar.
Por ello, el estudio con diligencia y con entusiasmo los aspectos luminosos de la Constitución sobre la Liturgia; para enmarcarlos siempre en el campo vasto y elevado de la vida religiosa, que debe recibir del culto litúrgico ejemplarmente aplicado, inspiración y apoyo para hacer más fructuosa y fecunda la vida consagrada o la vida cristiana a Dios.
Cabe finalmente remarcar el Magisterio de los pontífices Pablo VI, Juan Pablo II, y Benedicto XVI en lo referente a la liturgia. Sería interminable el nombrarlos todos, pero por su importancia, y porque han ayudado a una mayor consolidación de la liturgia surgida del Concilio Vaticano II, de Pablo VI cabe mencionar las Constituciones Apostólicas Missale Romanum, Laudis canticum, Pontificalis Romani, Divinae Consortium y Sacram unctionem ; los motus proprios Sacrum Diaconatus, Ministeria quaedam y Mysterii paschalis. De Juan Pablo II podemos entre otros mencionar la constitución apostólica Scripturarum thesaurus, la encíclica Redemptor hominis, las exhortaciones apostólicas Reconciliatio et penitentia,...; de Benedicto XVI Exhortación Apostólica postsinodal Sacramentum Caritatis, o el Motu Proprio Summorum Pontificum, …., o la Instrucción Redemptionis Sacramentum de la Congregación para el culto divino y la disciplina de los sacramentos …
El estudio de la Historia y Normas litúrgicas dará una verdadera conciencia litúrgica y conducidos por la inteligencia, primero, y a la práctica, después, logrando que todos los católicos, teniendo nuestra diversidad de ritos (Mozárabe, de San Pío V, de Pablo VI), estemos consumados en la unidad de Cristo nuestro Salvador y Señor.